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Jornada intensa la vivida ayer en Almería por los responsables de velar por el cumplimiento de la ley de la cadena agroalimentaria. Primero conocían por dentro el funcionamiento de una subasta, visitando una alhóndiga de El Ejido, y posteriormente encuentro con empresas y agricultores en El Edén, en una actividad organizada por Ecohal Andalucía y en la que colaboraban las organizaciones agrarias Coag, Asaja y Upa.

Dudas y preguntas sobre la ley de la cadena alimentaria
Son muchas las jornadas y eventos a los que hemos asistido desde 2013 hasta hoy día, pero en pocas ocasiones el aluvión de preguntas al término de una presentación ha sido tan abundante como el de ayer. Una vez que los cuatro representantes de la AICA – Agencia de Información y Control Alimentarios adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación – concluían sus intervenciones comenzaba un torbellino de preguntas, tanto de agricultores como de responsables de empresas hortofrutícolas.
Y la respuesta a la mayoría de ellas no era fácil ni simple, ya que entran en juego casuísticas de todo tipo dependiendo de cada caso. De ahí que el viaje a Almería de la directora de AICA, María Fernández; de la coordinadora del Área de Unidad de Inspección, Paula Sevilla; de la directora técnica de Internacionales y Asuntos Horizontales, Beatriz Ruiz; de la coordinadora del Área de Tramitación y Relaciones con los Juzgados, Julia Aldama; y de Eduardo Asensio como asesor jurídico, haya servido para clarificar algunos conceptos y comprobar in situ la complejidad del ‘modelo Almería’ en el que los precios pueden cambiar, y cambian, de un día para otro.

Complejidad del ‘modelo Almería’
Complejidad en un sector hortofrutícola donde las entregas de productos perecederos se pueden suceder hasta semanalmente, incluso a diario en hortalizas como calabacín o pepino, a diferencia de lo que ocurre en otros sectores agrícolas donde la cosecha se reduce a un solo momento o dos. En cambio en el hortofrutícola almeriense y de la costa granadina no ocurre así.
Cada entrega debe llevar firmas por ambas partes lo que hace que el volumen de documentos sea ingente y la tarea administrativa una ola de grandes dimensiones de carácter inconmensurable. De ahí que la visita a primera hora de la mañana a una subasta servía para refrendar que el modelo de subasta se ajusta a la ley, pero también para poner los mimbres a una posible y futura agilización de los procesos, como se pidió en el turno de preguntas al término de la jornada. Pero todo ello cogido con pinzas porque las cosas de palacio van despacio.

Complejidad también por ser un sector netamente exportador, donde las relaciones de la cadena a la hora de las fechas de pago varían según las propias normativas de los países de destino. Sin embargo, la obligatoriedad de pagar a los 30 días como máximo al agricultor, si es un producto perecedero, no decae, aunque el período de cobro de la empresa comercializadora sea mucho más amplio y pierda liquidez. La ley de la cadena alimentaria nace pensando en el primer eslabón de la misma, el actor primario, el agricultor.
Agricultores socios de cooperativas que se rigen por leyes estatutarias de sus sociedades cooperativas, salvo los agricultores que no sean socios, que al igual que los agricultores de subasta o los que comercializan por otras vías sí están sujetos a esta Ley de la Cadena Alimentaria.

Lo que queda claro
Aspectos que no generan dudas. Por ejemplo los contratos, por escrito, firmados por ambas partes y antes del inicio de las prestaciones. Pero también hay excepciones en las que no vamos a entrar para no hacer aún más compleja esta lectura.
También queda claro que el contrato debe incluir un precio, que puede ser fijo o variable, basado en factores objetivos, verificables y no manipulables. El contrato incluirá los posibles descuentos.

Se establecen infracciones que pueden ser leves (no inscribir el contrato en el registro, por ejemplo), graves (contrato sin precio; no por escrito; incumplimiento en los plazos de pago o modificaciones unilaterales, por ejemplo) y muy graves (reincidencia de infracciones graves).
Contexto europeo, nacional y regional
La Agencia de Información y Control Alimentarios, AICA, es un organismo autónomo, pero circunscrito al organigrama ministerial, al MAPA de España. Si AICA es a nivel estatal, a nivel de comunidades autónomas es AAEE. De hecho hay un comité de cooperación con las AAEE.

El marco comunitario es una Directiva (UE) 2019/633 de la que beben distintos reglamentos comunitarios para facilitar la cooperación entre los Estados miembros, aunque alguno de estos reglamentos muestra muchas excepcionalidades en los artículos referidos a los contratos.
De hecho a final del presente 2026 se evaluará la Directiva para buscar fórmulas que faciliten no vender por debajo de los costes de producción, el gran caballo de batalla de todo el entramado legislativo.

A futuro, entrada en vigor en septiembre del año que viene, de otro Reglamento europeo más, de carácter transfronterizo, redactado con el propósito de dotar de más herramientas a estas leyes de la cadena alimentaria.







